Menos cárcel, mayor equidad

Claudia Palma Campos (*) para CAMPUS
CLAUDIA.PALMA@ucr.ac.cr

En los últimos meses el país ha tomado decisiones sobre las condiciones carcelarias de las personas privadas de libertad, propiciando el cierre de dos espacios penitenciarios a saber, el Centro de Atención Institucional de San José, conocido popularmente como "San Sebastián", y el ámbito F de la cárcel del Centro de Atención Institucional La Reforma, en San Rafael de Alajuela.

Ambos hechos merecen ubicarse en la obligación del país de velar por el cumplimiento de normativas que van desde la Convención Americana de Derechos Humanos, pasando por el Código Penal y todas aquellas normativas vinculantes por convenio internacional y sobre los derechos de las personas privadas de libertad, como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y las Reglas de Bangkok sobre privación de libertad en mujeres.

Pero, una parte de la opinión pública sobre estas decisiones y que se ha manifestado a través de medios de comunicación y/o redes sociales, ha cuestionado duramente la pauta del gobierno, ensañándose con un actitud violenta y denigrante sobre las personas privadas de libertad. Se ha creado una especie de "pánico social y moral" sobre tener "delincuentes" en la calle, aislándose el análisis de las condiciones socioestructurales, políticas y económicas en las que acontece el delito. Los datos significativos sobre privación de libertad muestran una situación alarmante en el país. La sobrepoblación penal es un hecho dado (45,5%). La cárcel se ha convertido en remedio social como mecanismo de control social y pareciera que Costa Rita se ha enrolado en la idea de la prisión como solución a un problema económico y político tal y como lo refleja el aumento en el encarcelamiento en un 131% entre los años 2000 y el 2012.

Este desproporcionado aumento de encarcelamiento debe ubicarse como producto de dos hechos recientes. Uno de ellos es la modificación al Código Penal en el año 1994, en la que se cambió el tope máximo de la pena de 25 a 50 años. Junto a esto, se eliminó el beneficio para cumplir descuento penitenciario intercambiando años de cárcel por trabajo. El segundo hecho se ubica en la aprobación de la Ley 8720 de 2009, conocida popularmente como la Ley de Flagrancia. Esta Ley ha permitido dictar sentencias de manera inmediata sin hacer pasar a las personas por prisión preventiva, bajo la lógica de acortar los procesos administrativos y las esperas. Solo en el 2009 los tribunales condenaron a 206 personas bajo la Ley de flagrancia. Este tipo de reformas penales han tenido un trasfondo populista, bajo un discurso de mano dura contra la delincuencia que ha ido tomando forma en el país a través del tiempo. El criterio fundamental era aminorar el crimen, pero ni este ni la población privada de libertad dejaron de aumentar.

Es alarmante que la reacción de una parte de la población esté concentrada en la punición, y que la respuesta política sea acorde con ello. En el año 2005 el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), efectuó una investigación sobre percepciones de la inseguridad en el país y las personas decían sentirse muy inseguras. Aunque Costa Rica posea uno de los índices de victimización más bajo del istmo, existe la percepción de que pueda ocurrir una situación de violencia, robo o asalto más de lo que realmente acontece, traduciéndose en un alto nivel de inseguridad. En este mismo informe se determinó que un 89,1% de la población consultada pedía mayor severidad y más cárcel y de manera importante, un 39,4% decía estar a favor de linchar a los delincuentes que fueran atrapados por las propias comunidades. Este discurso se ha anclado en un país con una de las tasas de homicidio más bajas en la región y que ha rondado entre un 9,7 por cada 100 mil habitantes en el 2011 y un 11,4 en el año 2015. Pese a esto, Costa Rica posee una de las tasas más altas de encarcelamiento con 352 habitantes por cada 100 mil personas en el 2014.

Pero ¿Resuelve la cárcel el sentimiento de inseguridad en la vida cotidiana? La contradicción es que a la vez que existe un temor por hechos acaecidos bajo un estereotipo del delincuente, se minimiza la violencia de pareja y la violencia sexual vivida diariamente por mujeres, niños y niñas. Se pide menos violencia y muerte, pero hay una disposición al linchamiento público o bien a la tortura carcelaria con tal de hacer "pagar" al delincuente el producto de su delito, que es producto de la sociedad misma. La persona delincuente actúa con respecto a la misma norma social que crea el delito, este es el sujeto que llena, físicamente, el concepto de la privación de libertad que se ha construido en esta época y en nuestro país.

Estas ideas son las que hacen considerar un mayor despliegue policial y por lo tanto un mayor control que decante en juicios y cárcel ante situaciones como la acontecida en la provincia de Limón, haciéndose pensar que la solución a un problema estructural, económico y político, es la cárcel, la represión, y claro, una mayor violencia, y no la equidad. Para ejemplificar este enfoque vale la pena resaltar el ejemplo construido por el mismo PNUD, que se dio a la tarea de comparar la inversión pública que implica una persona privada de libertad a la par del costo de una persona que ingresa a la primaria hasta su graduación secundaria. Mientras que el coste de un estudiante que entra a primaria y sale de bachillerato era de ¢1.539.155 colones en año 2004 (12 años en total), el costo de una persona privada de libertad es de ¢1.084.131 colones al año; la inversión social que implica la formación educativa no tiene par a la inversión que implica la intensión de la seguridad y el coste del encarcelamiento. La búsqueda del país debe encaminarse a la equidad, al acceso real a las oportunidades y al mejorar las condiciones estructurales de acceso a ellas de las población más necesitada. A su vez, la cárcel debe convertirse en medio, y no en fin, apostando más por las medidas alternativa no privativas de libertad. Si se piensa que la cárcel como castigo debe conducir a las personas a la comunidad de la cual salió, es precisamente ese principio el que debería de mantener a una persona en la comunidad y no en prisión.

(*) Programa de Coyuntura-Escuela de Sociología

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    Diciembre 2016 - Año XXVI # 282

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