De manera lamentable, hemos observado, en los últimos meses, una campaña de desprestigio en contra del Fondo de Beneficio Social de los Trabajadores (FBS), en relación al manejo de la cesantía de los funcionarios; cesantía que surge a partir de una acuerdo del Consejo Universitario en el 2006.Y es realmente doloroso verificar cómo algunos universitarios que se han beneficiado de esta organización, ejemplo de solidez, solvencia y sobre todo financieramente exitosa, se prestan y hacen uso de armas falaces para afectar a esta institución, cuyo único pecado ha sido el de apoyar en forma solidaria a miles de trabajadores para superar sus dificultades económicas y para lograr una mejor calidad de vida.La campaña de desinformación —verbal y escrita—, que desde hace varios meses impulsa la Asociación Solidarista (ASOUNA), sobre la potestad que tiene el FBS de manejar la cesantía y con ella la distribución de réditos para sus afiliados, no es otra cosa que una campaña encubierta contra una de las principales conquistas que tienen los trabajadores de la UNA, como es la Convención Colectiva de Trabajo.Es claro que, desde la misma creación del FBS, esta entidad está autorizada para el manejo de la cesantía, aspecto que se consolidó con la modificación del art. 147 de la IV Convención Colectiva, que vino a reglamentar la forma de administración de la Cesantía. Modificación que posteriormente fue homologado por el Ministerio de Trabajo, convirtiéndose de esta forma en ley entre las partes, de tal manera que ni la UNA, ni ninguno de sus órganos pueden dejar sin efecto. Incluso, en un pronunciamiento reciente, la Contraloría General de la República, ha dejado claro que el FBS puede manejar dichos recursos y entregar los réditos a sus trabajadores.Los rumores, anónimos, folletos y cartas con información de carácter legal incorrecta y obsoleta suponen un ataque perverso contra la Convención Colectiva de Trabajo, que ha sido el resguardo más importante de las conquistas y derechos de los trabajadores de la UNA. Quizás, ahora podemos entender, por qué no se ha realizado la firma de la V Convención Colectiva de Trabajo, que mejora sustancialmente los derechos laborales, cuyo texto está listo, pero que encuentra a su paso obstáculos, algunos de ellos en el seno mismo del Consejo Universitario.La Convención Colectiva de Trabajo, tal y como los establece el artículo 62 de la Constitución Política, tiene fuerza de ley entre las partes y así lo ha ratificado el Ministerio de Trabajo, de tal forma que el FBS es entidad autorizada no sólo para administrar la cesantía, sino entregar los réditos a sus afiliados.Un llamado a los trabajadores universitarios a defender la Convención Colectiva de Trabajo y al Fondo de beneficio Social, que hoy son orgullo de los trabajadores.